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El Procurador interino rechazó el pedido de sesiones "on line" para tratar el impuesto a la riqueza

Según lo publicado hoy por "El ágora digital "el procurador general de la Nación interino, Eduardo Casal, rechazó el pedido de la presidenta del Senado, Cristina Fernández de Kirchner, sobre la posibilidad de que la Corte Suprema adelante si las sesiones por videollamada serán válidas para tratar el impuesto a la riqueza. No obstante, la opinión de Casal no es vinculante por lo que la Corte podría disentir y votar en contra de la validez de la norma sancionada cibernéticamente. En su caso, la vicepresidenta podría insistir en vía judicial hasta llegar a la Corte Suprema, aunque esto tardaría -mínimamente- meses.




El procurador general de la Nación interino, Eduardo Casal, rechazó el pedido de la presidenta del Senado, Cristina Fernández de Kirchner, sobre la posibilidad de que la Corte Suprema adelante si las sesiones por videollamada serán válidas. La pregunta de Cristina busca adelantarse a un eventual planteo de ilegitimidad de la sesión en caso de que se sancione el impuesto extraordinario a las grandes riquezas para financiar las acciones en el marco de la pandemia del coronavirus.

En caso de que la Corte Suprema aprobara el criterio de la videollamada y se sancionarla la Ley, no habría margen para objetar su validez aduciendo que no fue sancionada en una sesión presencial en el Congreso de la Nación, sino por una aplicación online. Dicha objeción sería la forma perfecta de voltear la ley sin cuestionar su trasfondo jurídico concreto.

Según el interino Casal, no hay “caso” ya que aún “no hay controversia entre dos partes” sino una consulta para obtener anticipadamente un aval a una forma de tratar y aprobar un proyecto de ley que no está previsto en la Constitución.

“La petición de carácter consultivo que pretende introducir la actora bajo el ropaje de una acción declarativa de certeza no resulta ser una cuestión justiciable” manifestó el funcionario macrista.

Cristina había enviado, a través de la directora jurídica del Senado Graciana Peñafort, una “acción declarativa de certeza” dirigida a la Corte Suprema para que “despeje el estado de incertidumbre respecto a la validez legal de sesionar mediante medios virtuales o remotos”.

No obstante, según Casal, un pronunciamiento sobre la validez o no de la eventual aplicación mediante este tratamiento virtual “importaría indefectiblemente una intromisión en las atribuciones propias del Senado de la Nación de determinar, con sustento en la normativa aplicable, el modo en que puede sesionar en estas circunstancias extraordinarias que se presentan por la pandemia desatada y de legislar en materias que le resultan exclusivas y excluyentes”.

Según el procurador, la Corte sólo puede pronunciarse ante “casos justiciables”, que se configuran cuando “concurren dos recaudos: por una parte, debe tratarse de una controversia que persigue la determinación del derecho debatido entre partes adversas; por otra, la causa no debe ser abstracta en el sentido de tratarse de un planteo prematuro o que hubiera devenido insustancial”.

“Si de la formulación de la petición no surge el agravio no se trata de una demanda, sino de una consulta y del escrito inicial surge que la actora, en definitiva, postula, precisamente, una consulta sobre la validez legal de sesionar en forma virtual para tratar cuestiones que el Poder Ejecutivo Nacional no puede regular, sin que se configure una causa”. “Este procedimiento no tiene carácter simplemente consultivo, ni importa una indagación meramente especulativa. Su admisibilidad depende de que emerja un ‘caso’ apto para la intervención de un tribunal de justicia”.

No obstante, la opinión de Casal no es vinculante por lo que la Corte podría disentir y votar en contra de la validez de la norma sancionada cibernéticamente. En su caso, la vicepresidenta podría insistir en la vía judicial hasta llegar a la Corte Suprema, aunque esto tardaría -mínimamente- meses.


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